Calculadora de fondos de reserva y cesantía IESS 2026
Calcula tu fondo de reserva mensual y acumulado (8,33% exacto de tu sueldo) y una estimación referencial de tu cesantía IESS. Son dos prestaciones distintas: aquí las calculamos por separado, gratis y al instante.
Fondo de reserva ≠ cesantía ≠ seguro de desempleo. El fondo de reserva es calculable con exactitud (8,33% del sueldo). La cesantía depende del historial real de aportes y solo el IESS conoce el saldo exacto: aquí verás una estimación gruesa, no una cifra oficial. El seguro de desempleo es otra prestación distinta, que en esta página solo se explica de forma informativa (sin calculadora).
Fondo de reserva
Ingresa tu sueldo mensual y, si quieres el capital acumulado, los meses trabajados desde el mes 13.
Con 12 meses trabajados aún no tienes derecho legal al fondo de reserva (se necesita más de 1 año, es decir, desde el mes 13). Los valores de abajo son solo informativos.
Fondo de reserva mensual
$50,00
8,33% de tu sueldo, cada mes.
Capital acumulado estimado
$0,00
Solo el capital aportado, sin intereses del IESS.
Resultado exacto según la fórmula legal (8,33% del sueldo). El capital acumulado con intereses reales solo lo tiene el IESS: consulta tu saldo en el portal del IESS .
Cesantía (estimación)
Ingresa tu sueldo promedio y los meses aportados a tu cuenta individual de cesantía.
Esto es una estimación gruesa, no el saldo real. La cesantía se calcula con 2% de tu sueldo por mes aportado (desde marzo de 2016), pero el valor a retirar es el saldo real de tu cuenta con rendimientos, que esta calculadora no puede reproducir: eso solo lo tiene el IESS.
Cesantía estimada (referencial)
$288,00
= meses aportados × sueldo promedio × 2%, sin rendimientos del IESS.
Este monto es referencial, no el saldo real. El valor exacto depende de tu historial completo de aportes (2%/3% según el año) más los rendimientos capitalizados por el IESS. Consulta tu saldo real en el portal del IESS .
Qué es el fondo de reserva y cómo se calcula
El fondo de reserva es un beneficio laboral que equivale a una remuneración mensual completa por cada año de trabajo posterior al primero, según el Código del Trabajo. Expresado como porcentaje mensual, el IESS lo publica como 8,33% de la remuneración de aportación (el resultado exacto de dividir 1 mes entre 12: 1/12 = 8,3333…%, redondeado a 8,33%). No se calcula sobre el Salario Básico Unificado (SBU) salvo que ese sea tu sueldo real: se calcula sobre tu sueldo, el que efectivamente reportas al IESS como base de aportación.
Tienes derecho al fondo de reserva desde que cumples más de un año trabajando para el mismo empleador, es decir, desde el mes 13 de la relación laboral. Antes de ese punto, no se genera fondo de reserva. Es un derecho ligado a la continuidad con un mismo empleador: si cambias de trabajo antes de cumplir el año, el conteo empieza de nuevo con el nuevo empleador.
Mensualizado vs. acumulado en el IESS
Desde 2009, el afiliado puede elegir cómo recibe su fondo de reserva:
- Mensualizado: el empleador te paga el 8,33% cada mes, junto con tu rol de pagos. No se acumula en ninguna parte; lo recibes de forma continua como parte de tu ingreso mensual. Esta es la opción por defecto si no solicitas la acumulación.
- Acumulado en el IESS: pides al IESS que retenga el 8,33% mensual en una cuenta que genera intereses. Para retirar ese saldo necesitas tener 36 aportaciones mensuales o más acumuladas; si ya no trabajas para ese empleador, además debes esperar 2 meses desde tu salida.
La calculadora de arriba te da el fondo de reserva mensual exacto (8,33% de tu sueldo) y, si ingresas los meses trabajados, un capital acumulado estimado — pero ese capital acumulado es solo lo que se aportó, sin los intereses que el IESS suma si elegiste la opción de acumulación. Esos intereses no siguen una fórmula pública fija, así que no se pueden calcular aquí: el saldo real con intereses solo lo tiene el IESS.
Qué es la cesantía y por qué no tiene fórmula exacta
La cesantía del IESS es distinta al fondo de reserva: es una cuenta individual de ahorro obligatorio que se constituye con el 2% de tu sueldo (desde marzo de 2016; antes era 3%, y el 1% restante pasó a financiar el fondo solidario del seguro de desempleo). Se acumula durante toda tu vida laboral, no solo con un empleador, y su propósito es entregarte una suma de dinero cuando te quedas sin empleo (cesante).
A diferencia del fondo de reserva, la cesantía no tiene una fórmula cerrada que una calculadora pueda reproducir con exactitud. El monto que puedes retirar es el saldo acumulado real de tu cuenta individual: la suma de todos tus aportes del 2% (o 3% en años anteriores a 2016) más los rendimientos que el IESS haya capitalizado sobre ese saldo a lo largo de los años. Esos rendimientos dependen de la gestión financiera del IESS y no se publican como una tasa fija que se pueda aplicar en una calculadora.
Por eso, la estimación que ves arriba usa una fórmula simplificada: meses aportados × sueldo promedio × 2%, que te da una idea aproximada del capital
aportado, pero sin rendimientos y asumiendo un sueldo constante. El número
real que te pagaría el IESS casi siempre será distinto (normalmente mayor, por los
rendimientos acumulados) — trátalo como una referencia de orden de magnitud, no como el saldo
que verás en tu cuenta.
Requisitos para cobrar la cesantía
- 24 aportaciones mensuales acumuladas (no necesariamente seguidas) en tu cuenta individual de cesantía.
- Estar cesante: sin relación de dependencia activa.
- Esperar 60 días (2 meses) desde la fecha en que quedaste cesante.
- Tener cuenta bancaria validada por el IESS, tu clave de afiliado, y no tener un préstamo quirografario pendiente (la cesantía sirve de garantía de esos préstamos, así que si tienes uno activo, se descuenta o bloquea el retiro).
Cesantía vs. seguro de desempleo: dos prestaciones distintas
Es común confundir la cesantía con el seguro de desempleo, pero son prestaciones diferentes que pueden combinarse:
- La cesantía es tu propio ahorro individual (2% de tu sueldo), que puedes retirar si cumples los requisitos de arriba, sin importar si el cese fue voluntario o no.
- El seguro de desempleo es una prestación económica adicional, financiada por un fondo solidario, dirigida a quien pierde el empleo de forma involuntaria. Requiere 24 aportaciones (con las 6 últimas continuas antes de quedar desempleado) y también los 60 días de espera. Se paga, según fuentes periodísticas y de asesoría laboral, en 5 mensualidades decrecientes sobre el promedio de tus últimas 12 remuneraciones — aunque los porcentajes exactos de esa escala no están confirmados aquí contra el reglamento oficial, así que los tratamos como información de referencia, no como una cifra calculable.
Un detalle importante: si retiras primero tus fondos de cesantía, normalmente el sistema ya no te permite aplicar después al seguro de desempleo por el mismo período de cese, porque el seguro de desempleo también consume el fondo de cesantía real. Por eso esta página no ofrece una calculadora para el seguro de desempleo: solo lo explica de forma informativa, para que sepas que existe y que es distinto de la cesantía.
Cómo consultar tu saldo real en el IESS
Ni el fondo de reserva acumulado con intereses, ni el saldo real de cesantía, se pueden calcular con exactitud fuera del sistema del IESS. Para consultar y, en su caso, solicitar el retiro de estos valores:
- Ingresa al portal de afiliados en www.iess.gob.ec con tu cédula y clave personal.
- Busca las secciones "Fondos de reserva" y "Cesantía" dentro del menú del afiliado.
- Revisa tu historial de aportes y el saldo acumulado exacto, incluyendo rendimientos.
- Si cumples los requisitos, solicita el retiro desde la misma plataforma; el IESS transfiere en pocos días hábiles.
Esta calculadora te ayuda a entender de dónde salen estos valores y a tener una referencia rápida antes de revisar tu cuenta real, pero no reemplaza la consulta oficial.
Herramientas y contenido relacionado
Si quieres ver cuánto aporta tu empleador al IESS por ti en total (no solo el fondo de reserva), revisa la calculadora de aportes IESS del empleador. Si te acercas a la edad de jubilación, usa la calculadora de jubilación IESS 2026 para saber si cumples los requisitos y una pensión estimada. Y si terminaste una relación laboral y necesitas calcular tu liquidación completa (incluyendo el fondo de reserva pendiente), usa la calculadora de liquidación.
Para profundizar, tenemos dos artículos del blog dedicados a este tema:
- Fondos de reserva IESS Ecuador: qué son, el 8,33% y cómo retirarlos
- Cesantía IESS Ecuador: requisitos, cómo estimarla y diferencia con el seguro de desempleo
Preguntas frecuentes
¿Cuánto es el fondo de reserva en Ecuador 2026?
El fondo de reserva equivale al 8,33% de tu remuneración mensual de aportación (1 mes de sueldo por cada año trabajado desde el segundo año). Por ejemplo, con un sueldo de USD 600, el fondo de reserva mensual es aproximadamente USD 50.
¿Desde cuándo tengo derecho al fondo de reserva?
Desde que cumples más de un (1) año de trabajo para el mismo empleador, es decir, desde el mes 13 de la relación laboral. Antes de ese punto no existe derecho al fondo de reserva.
¿Qué diferencia hay entre el fondo de reserva mensualizado y el acumulado?
Mensualizado significa que tu empleador te lo paga cada mes junto con el rol de pagos, sin que se acumule en el IESS. Acumulado significa que pediste al IESS que lo retenga y capitalice con intereses; en ese caso se retira después, cuando cumples los requisitos de acumulación (36 aportaciones o más). Por defecto, si no solicitas la acumulación, se paga mensualizado.
¿La cesantía es lo mismo que el fondo de reserva?
No. Son prestaciones distintas del IESS. El fondo de reserva es 8,33% del sueldo con derecho desde el mes 13. La cesantía es una cuenta individual de ahorro obligatorio que se constituye con el 2% de tu sueldo (desde marzo de 2016) y que puedes retirar solo si cumples 24 aportaciones y quedas cesante 60 días.
¿Cómo se calcula el valor real de mi cesantía?
No existe una fórmula pública exacta. El valor real es el saldo acumulado de tus aportes del 2% (o 3% si aportaste antes de marzo de 2016) más los rendimientos que el IESS capitaliza sobre esa cuenta. Esta calculadora te da una estimación referencial gruesa (meses aportados × sueldo promedio × 2%), sin rendimientos: el saldo exacto solo lo tiene el IESS.
¿Qué requisitos debo cumplir para cobrar la cesantía?
Cuatro requisitos: (1) al menos 24 aportaciones mensuales acumuladas en tu cuenta individual de cesantía, (2) estar cesante (sin relación de dependencia), (3) esperar 60 días desde la fecha de cese, y (4) tener cuenta bancaria validada por el IESS y no tener préstamo quirografario pendiente (la cesantía lo garantiza).
¿La cesantía es lo mismo que el seguro de desempleo?
No, y se confunden mucho. La cesantía es tu propio ahorro individual (2% del sueldo). El seguro de desempleo es una prestación adicional financiada por un fondo solidario, que se paga en 5 mensualidades decrecientes tras un despido involuntario. Los porcentajes exactos de esa escala no están confirmados en fuente primaria por esta calculadora, así que aquí solo se explican de forma informativa, sin ofrecer una calculadora para el seguro de desempleo.
¿Dónde consulto el saldo real de mis fondos de reserva y cesantía?
Directamente en el portal del afiliado del IESS (www.iess.gob.ec), con tu cédula y clave personal, en las secciones "Fondos de reserva" y "Cesantía". Esa es la única fuente con tu historial real de aportes, tasas aplicadas por año y rendimientos capitalizados.
Esta calculadora es informativa. El fondo de reserva mensualizado se calcula con la fórmula legal exacta (8,33% del sueldo); la cesantía es siempre una estimación referencial sin rendimientos. Ninguno de los dos resultados sustituye el saldo oficial que solo el IESS puede confirmar en su portal de afiliados .
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