Calculadora de Horas Extras (25%, 50%, 100%)
Ingresa tu sueldo mensual y las horas extra trabajadas en cada categoría. La calculadora obtiene la tarifa por hora y aplica el recargo legal correspondiente.
Modo simple: sueldo, horas del mes y horas extra al 50% (las más comunes). ¿Tienes suplementarias (25%) o al 100%? Cambia a Completa.
Tarifa hora base
$3,33
Pago al 50%
$50,00
Total extras
$50,00
Total con sueldo
$850,00
Resumen
En Ecuador, el Art. 55 del Código del Trabajo regula el pago de horas extras y suplementarias. La jornada ordinaria es de 8 horas diarias / 40 semanales. Toda hora que exceda ese límite genera recargo: 50% sobre la hora ordinaria si es diurna y entre semana, 100% si es nocturna (00:00-06:00), sábado, domingo o feriado. Esta página explica cómo se calcula la hora ordinaria, qué recargo aplica en cada caso y muestra ejemplos con sueldos reales.
Conceptos clave
- Jornada ordinaria
- Máximo 8 horas diarias y 40 horas semanales, distribuidas en 5 días (lun-vie). El exceso es hora suplementaria o extraordinaria.
- Hora ordinaria
- Valor base de una hora normal de trabajo:
hora ordinaria = sueldo / 240. El divisor 240 = 8h × 30 días (o 40h × 4 semanas × 1.5, según convenio). - Recargo del 50%
- Aplica a horas suplementarias trabajadas de lunes a viernes entre 06:00 y 24:00, en exceso de la jornada diaria de 8h o de las 40h semanales. Máximo 4h/día y 12h/semana.
- Recargo del 100%
- Aplica a horas extraordinarias trabajadas en sábado, domingo, feriado nacional, o entre 00:00 y 06:00. Se paga el doble de la hora ordinaria.
- Tope legal
- No se pueden trabajar más de 4 horas extras por día ni 12 por semana sin autorización del Ministerio del Trabajo. Pasarse del tope sin permiso es infracción para el empleador.
- Feriados oficiales
- Trabajar en feriado nacional decretado (1 ene, Viernes Santo, 1 may, 24 may, 10 ago, 9 oct, 2-3 nov, 25 dic) implica 100% de recargo automático, sin importar la hora.
Cómo se calcula
Tarifa hora = sueldo / horas mes. Pago = tarifa × (1 + recargo) × horas.
Cómo usarla
- Sueldo mensual. Bruto antes de descuentos.
- Horas por categoría. Cuántas trabajaste al 25%, 50% y 100%.
- Lee resultado. Tarifa horaria + pago por categoría + total.
Ejemplo paso a paso: Caso paso a paso: empleado con USD 500 y 10 horas extras diurnas
Escenario: Pedro gana USD 500 mensuales. Esta semana trabajó 10 horas adicionales de lunes a viernes entre las 19:00 y 21:00. ¿Cuánto debe recibir por las horas extras?
Paso a paso
- Sueldo mensual: USD 500.00
- Divisor (jornada 8h × 30 días): 240 horas
- Hora ordinaria: 500 / 240 = USD 2.083
- Recargo aplicable (diurno, día hábil): 50%
- Valor hora con recargo: 2.083 × 1.50 = USD 3.125
- Total por 10 horas: 3.125 × 10 = USD 31.25
- Total nómina del mes: 500.00 + 31.25 = USD 531.25
Conclusión: Pedro recibirá USD 31.25 adicionales por las 10 horas suplementarias al 50%. El empleador debe reflejar este monto separado en el rol de pagos, con código de ingreso distinto al sueldo base, y aportar al IESS sobre el total (sueldo + horas extras).
Casos de uso reales
Empleado de oficina, USD 500/mes
Sueldo USD 500, hora ordinaria USD 2.083. Trabajó 10 horas extras diurnas entre semana (recargo 50%). Pago: 10 × 2.083 × 1.5 = USD 31.25 sumado a la nómina del mes.
Obrero industrial, USD 600/mes con jornada mixta
Sueldo USD 600, hora ordinaria USD 2.50. Una semana trabajó 8h extras diurnas (50%) + 6h nocturnas (100%). Cálculo: 8 × 2.50 × 1.5 = USD 30 + 6 × 2.50 × 2 = USD 30. Total horas extras: USD 60.
Supervisor con turno en feriado, USD 1 200/mes
Sueldo USD 1 200, hora ordinaria USD 5.00. Trabajó 12 horas el 10 de agosto (feriado). Recargo 100%: 12 × 5.00 × 2 = USD 120. Si trabajó nocturnas en ese mismo turno, también 100%, sin doble apilamiento.
Errores comunes a evitar
- Calcular el divisor con 30 días × 8h = 240 cuando el contrato establece otro régimen (jornada parcial o 6 días/semana). Verifica el contrato.
- Sumar el recargo al sueldo base en lugar de pagarlo aparte. Las horas extras deben aparecer como rubro separado en el rol.
- No aportar al IESS sobre las horas extras. El aporte se calcula sobre todos los ingresos imponibles, incluyendo extras.
- Confundir el recargo del 50% (suplementaria diurna) con el 100% (nocturna o feriado). Una hora trabajada un sábado siempre es 100%, aunque sea las 14:00.
- Exceder el tope legal de 12h/semana o 4h/día sin autorización del Ministerio del Trabajo.
- No registrar las horas extras en un control diario. Sin registro, el trabajador puede reclamar ante el Ministerio y el empleador queda sin evidencia.
Consejos prácticos
- Usa un marcador biométrico o app de fichaje para tener evidencia de las horas extras realizadas. Sin registro, no hay pago.
- Si pagas un sueldo con "horas extras incluidas", asegúrate de que el sueldo total nunca sea menor a la suma de SBU + horas reales × recargo. Si no, es retención ilegal.
- En el rol de pagos detalla: "Horas suplementarias 50%: X" y "Horas extraordinarias 100%: Y". Diferencia clara protege en inspecciones.
- Recuerda incluir el valor de horas extras en el cálculo de décimo tercero, décimo cuarto y vacaciones si son habituales (más de 3 meses consecutivos).
- Para feriados decretados de último momento, el recargo del 100% se aplica el mismo día. Tu sistema de nómina debe permitir overrides.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo se paga el 25%?
Horas suplementarias trabajadas hasta las 24:00 del mismo día, dentro de las 4 horas por día / 12 por semana permitidas por el art. 55 del Código del Trabajo.
¿Cuándo el 50%?
Horas extraordinarias trabajadas entre las 24:00 y las 06:00.
¿Cuándo el 100%?
Horas trabajadas en fines de semana o feriados oficiales.
¿Cómo se obtiene la tarifa por hora?
Sueldo mensual / 240 horas (jornada de 8 h × 30 días). Si tu jornada es distinta ajusta el divisor.
Fuentes y referencias
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