Calculadora de Retención en la Fuente IR (Ecuador)

Aplica los porcentajes oficiales por concepto publicados por el SRI: servicios profesionales 10%, predomina mano de obra 2%, bienes 1.75%, arrendamiento 8%, honorarios juntas 10%, comisiones comercio 2.75%, publicidad 1.75%, transporte privado 1%, regalías 8%. Incluye retención del IVA cuando corresponde.

IVA

$150,00

Subtotal con IVA

$1.150,00

Retención IR (10%)

$100,00

Neto a recibir

$1.050,00

Resumen

En Ecuador, los agentes de retención (sociedades, contribuyentes especiales y RIMPE Negocios Populares cuando aplica) deben retener un porcentaje del Impuesto a la Renta y del IVA al momento de pagar a sus proveedores. La retención es un anticipo del impuesto anual del proveedor: no es un costo adicional, sino un crédito tributario. Además, los empleados en relación de dependencia tienen retención mensual proyectada según la tabla del Art. 36 LRTI, deduciendo gastos personales hasta el tope. Esta página resume las tablas 2026, casos prácticos y enlaza con la normativa oficial del SRI.

Conceptos clave

Agente de retención
Sociedad, contribuyente especial o RIMPE Negocios Populares (cuando contrata a otro contribuyente) obligado a retener IR/IVA. Las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad no son agentes de retención.
Fracción básica desgravada
Tramo de la tabla del Art. 36 LRTI que no paga IR. Para 2026 se ubica en aproximadamente USD 11 902 anuales (se actualiza por inflación / canasta básica).
Tabla progresiva del Art. 36
Aplica a personas naturales con tasas marginales que escalan desde 0% hasta 37%. Cada tramo paga su % marginal solo sobre el exceso del tramo anterior.
Gastos personales deducibles
Vivienda, educación, salud, alimentación y vestimenta. Tope general anual definido por el SRI; salud no tiene sublímite cuando es por enfermedades catastróficas certificadas.
Retención mensual proyectada
El empleador proyecta la renta anual del empleado, resta gastos personales esperados (Formulario SRI 107), calcula el IR anual de la tabla y lo divide en 12 para retener cada mes.
Retención del IVA
Independiente del IR. Aplica 30%, 70% o 100% del IVA según concepto. Servicios profesionales prestados por persona natural = 100% del IVA.

Cómo usarla

  1. Base imponible. Valor del servicio o bien antes del IVA.
  2. Concepto. Elige el código SRI que corresponde.
  3. Retención IVA (opcional). Marca si tu cliente debe retenerte 30/70/100% del IVA.

Ejemplo paso a paso: Gerente con sueldo USD 6 000 mensual y gastos personales USD 5 000 anuales

Escenario: Empleado en relación de dependencia con sueldo mensual nominal USD 6 000. Aporte IESS 9.45% mensual. Décimos pagados mensualizados. Reporta USD 5 000 anuales en gastos personales deducibles (vivienda + educación + salud).

Paso a paso

  1. Sueldo bruto anual: 6 000 × 12 = USD 72 000
  2. Aporte IESS personal (9.45%): 72 000 × 9.45% = USD 6 804
  3. Base imponible antes de gastos personales: 72 000 − 6 804 = USD 65 196
  4. Gastos personales deducibles (tope general aplicado): − USD 5 000
  5. Base imponible para IR: USD 60 196
  6. Impuesto causado (tabla Art. 36, tramo alto): ≈ USD 11 500 − 13 000 según tabla vigente 2026
  7. Retención mensual: IR anual / 12 ≈ USD 1 000/mes

Conclusión: Con un sueldo de USD 6 000/mes, la retención mensual ronda los USD 1 000 dependiendo de los gastos personales reportados. Si el empleado no presenta el Formulario 107 con sus gastos a inicio de año, el empleador asume cero deducciones y retiene de más. El exceso retenido se recupera en la declaración anual (Formulario 102).

Casos de uso reales

Empleado USD 1 000/mes (USD 13 200 anual con décimos)

La base imponible (descontando aporte IESS USD 1 247) queda ≈ USD 11 953. Si reporta cualquier gasto personal queda bajo la fracción básica desgravada (~USD 11 902) y no paga IR mensual. Retención mensual: USD 0. Si no reporta nada, paga IR sobre el excedente mínimo y recupera en declaración anual.

Profesional USD 2 500/mes en relación de dependencia

Sueldo anual USD 30 000. Tras aporte IESS USD 2 835 y gastos personales USD 4 000, base ≈ USD 23 165. Cae en tramo intermedio (12-15% marginal). IR anual ≈ USD 1 400-1 700, retención mensual ≈ USD 116-141. Si fuera factura de honorarios (no dependencia), el cliente retiene 10% al pagar.

Gerente USD 6 000/mes — tramo alto

Tras IESS y gastos personales, la base supera USD 60 000 y cae en tramos superiores (25-35% marginal). IR anual ≈ USD 12 000, retención mensual USD 1 000. Si recibe bonos no recurrentes, el empleador debe reajustar la proyección dentro del ejercicio para no quedarse corto en las últimas retenciones.

Errores comunes a evitar

  • Aplicar IR sobre el sueldo bruto sin descontar el aporte IESS personal (9.45%) — error frecuente que infla la base.
  • No actualizar la proyección anual cuando hay bonos, comisiones o ajustes salariales a mitad de año.
  • Olvidar exigir al empleado el Formulario SRI 107 de proyección de gastos personales — sin él, el empleador retiene sin deducciones.
  • Confundir RIMPE Emprendedor (no es agente de retención salvo excepciones) con RIMPE Negocios Populares.
  • Aplicar la retención IR sobre el monto con IVA en facturas — se calcula sobre la base imponible (antes de IVA).
  • No emitir el comprobante de retención electrónico dentro de los 5 días hábiles siguientes al pago.
  • Omitir el reporte mensual en el Formulario 103 aunque no haya habido retenciones.

Consejos prácticos

  • Usa el simulador oficial de retenciones del SRI en sri.gob.ec — coincide al centavo con tu cálculo si la tabla está actualizada.
  • Si eres profesional independiente, factura con tu RUC y descuenta la retención IR como crédito tributario en tu declaración anual del Formulario 102.
  • Para optimizar gastos personales: prioriza educación de hijos y salud ya que tienen mejor tratamiento marginal.
  • Mantén archivadas las facturas de gastos personales por 7 años — el SRI puede requerirlas en una auditoría.
  • Si tu base anual queda bajo la fracción básica desgravada, presenta igualmente la declaración para que el SRI te devuelva el exceso retenido.
  • Verifica el certificado de retenciones anual (Formulario 107) que entrega tu empleador hasta enero — es soporte para tu declaración personal.

Preguntas frecuentes

¿Quién retiene en Ecuador?

Sociedades, contribuyentes especiales y RIMPE cuando contratan a otro contribuyente. Personas naturales no obligadas a llevar contabilidad generalmente no retienen.

¿Cuál es el código del SRI por concepto?

Servicios profesionales 303, predomina mano de obra 307, bienes 312, arrendamiento 320, honorarios juntas 304, comisiones 309, publicidad 311, transporte privado 310, regalías 321. Verifica el listado vigente en sri.gob.ec.

¿Cómo se calcula la retención del IVA?

Se aplica un porcentaje (30%, 70% o 100%) sobre el IVA según el tipo de transacción. Por ejemplo: servicios profesionales = 100% del IVA retenido al ser prestador persona natural.

¿Y la retención sobre transacciones con tarjeta?

Las casas adquirentes (Datafast, Medianet, etc.) retienen 1% sobre la base imponible. No se incluye en esta calculadora.

Fuentes y referencias

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