IESS empleador en Ecuador: aporte patronal, fondos de reserva y cómo calcularlo paso a paso

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Si tienes empleados en Ecuador, cada nómina te cuesta cerca de 33% adicional al sueldo nominal. Esta guía descompone cada porcentaje, cuándo se paga, sobre qué base se calcula y dónde se reporta.

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1. Tasas vigentes 2026

  • Aporte personal: 9.45% del sueldo, descontado al empleado.
  • Aporte patronal: 11.15% adicional al sueldo (lo paga la empresa).
  • Fondo de reserva: 8.33% (corresponde a 1/12 del sueldo). Se paga desde el mes 13 de relación laboral.
  • IECE / SECAP: 1% del sueldo (capacitación profesional). Lo paga la empresa.

Las tasas anteriores se aplican al "sueldo de aporte", que excluye horas extras no habituales y beneficios no remunerativos.

2. Ejemplo numérico

Empleado con sueldo mensual nominal de USD 800. Desglose mensual del costo para la empresa:

  • Sueldo bruto: USD 800.00
  • Aporte patronal IESS (11.15%): USD 89.20
  • IECE + SECAP (1%): USD 8.00
  • Fondo de reserva mensualizado (8.33%): USD 66.64 (desde mes 13)
  • Décimo tercero mensualizado (1/12): USD 66.67
  • Décimo cuarto prorrateado (SBU/12): USD 39.17 (SBU 2026 ≈ USD 470)

Costo total mensual para la empresa: USD 1 069.68. Es decir, un sueldo de USD 800 cuesta efectivamente 33.7% más al empleador.

3. Aporte personal: lo que descuentas al empleado

El 9.45% se descuenta del bruto y el empleado recibe el neto. Hay que aclarar al empleado en su rol de pagos. Sobre el sueldo de USD 800:

  • Aporte personal: USD 75.60
  • Neto a recibir: USD 724.40 (antes de IR si aplica)

4. Fondos de reserva: cuándo se generan

Empieza desde el mes 13 de relación laboral. El empleado puede solicitar que se le pague mensualmente (lo más común) o que se acumule en el IESS y lo retire después de tres años.

5. Décimo tercero y décimo cuarto

  • Décimo tercero: 1/12 del total ganado en el periodo (diciembre del año anterior a noviembre actual). Se paga hasta el 24 de diciembre. Puede mensualizarse si el empleado lo solicita por escrito.
  • Décimo cuarto: SBU vigente (USD 470 en 2026). Se paga hasta el 15 de marzo (Costa) o 15 de agosto (Sierra). Si el empleado trabajó menos del año, se prorratea.

6. Reparto de utilidades (15%)

Si la empresa tiene utilidades en el ejercicio, el 15% se distribuye a los trabajadores:

  • 10% en partes iguales entre todos los trabajadores.
  • 5% en proporción a las cargas familiares de cada trabajador.

El pago se realiza hasta el 15 de abril del año siguiente.

7. Calendario tributario laboral

  • 15 mensual: aportes IESS del mes anterior.
  • 15 de abril: formulario 107 (impuesto a la renta retenido del año anterior) + reparto de utilidades.
  • 15 de marzo / agosto: décimo cuarto (Costa / Sierra).
  • 24 de diciembre: décimo tercero.

8. Errores comunes

  1. Olvidar el 33% al presupuestar contratación. Un sueldo "de USD 800" cuesta USD 1 070.
  2. Confundir el sueldo de aporte con el sueldo nominal. Comisiones permanentes son base de aporte; bonos ocasionales no.
  3. No mensualizar décimos. Si llega diciembre sin provisión, el flujo de caja sufre.
  4. No considerar fondos de reserva desde el mes 13. Aparece "de repente" y descuadra la planilla.

9. Calculadoras relacionadas

Esta guía es referencial. Verifica con tu contador y con IESS y Ministerio del Trabajo antes de cerrar nómina.