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Cómo se calcula la pensión alimenticia en Ecuador (con ejemplo paso a paso)

Detrás de cualquier resultado de pensión alimenticia en Ecuador hay una fórmula concreta, definida en los Arts. 13 y 14 del Acuerdo Ministerial Nro. MDH-DM-2026-0005-A del Ministerio de Desarrollo Humano (MDH). No es un cálculo arbitrario ni un promedio simple: son pasos precisos que, aplicados en orden, dan siempre el mismo resultado para los mismos datos de entrada. Esta guía desarrolla ese algoritmo paso a paso, con un ejemplo numérico completo, para que puedas entender exactamente de dónde sale el monto que muestra una calculadora o una resolución judicial.

El algoritmo en dos pasos

La fórmula oficial se resume así:

Paso 1 (monto total familiar):
   monto_total = ingreso_base × % (según nivel + número de hijos + edad del hijo mayor)

Paso 2 (mínimo por hijo):
   pensión_por_hijo = monto_total ÷ número TOTAL de hijos del alimentante

El resultado del Paso 1 es un monto que representa toda la familia, no un solo hijo. Solo en el Paso 2 se reparte entre el número de hijos que tiene el obligado, un detalle clave que se pierde con frecuencia cuando alguien intenta calcular "a ojo" cuánto le correspondería a su hijo.

Paso 0: calcular el ingreso base

Antes de aplicar cualquier porcentaje, hay que determinar el ingreso base del obligado, que no es simplemente su sueldo bruto. Según el Acuerdo, el ingreso base se calcula restando al ingreso bruto el aporte personal al IESS (9.45% en relación de dependencia). El texto del Acuerdo no menciona descontar el impuesto a la renta del ingreso principal — solo el aporte al IESS.

Además, existe un piso: si el ingreso resultante (ya descontado el IESS) es menor a 1 SBU (Salario Básico Unificado; USD 482 en 2026), se usa el SBU como ingreso base mínimo. Es decir, el ingreso base nunca puede ser inferior a 1 SBU para efectos de la tabla, sin importar cuán bajo sea el ingreso real declarado. Esto protege un piso mínimo de pensión incluso para obligados con ingresos muy bajos o no comprobados.

En fórmula:

ingreso_base = máximo( ingreso_bruto − (ingreso_bruto × 9.45%), 1 SBU )

Paso 1: ubicar el nivel

Con el ingreso base ya calculado, se ubica en cuál de los 6 niveles de la tabla cae, según cuántas veces el SBU representa ese ingreso:

  • Nivel 1: de 1.00 a 1.25 SBU
  • Nivel 2: de 1.25 a 3.00 SBU
  • Nivel 3: de 3.00 a 4.00 SBU
  • Nivel 4: de 4.00 a 6.50 SBU
  • Nivel 5: de 6.50 a 9.00 SBU
  • Nivel 6: de 9.00 SBU en adelante

Paso 2: determinar la edad aplicable

La tabla distingue solo dos tramos de edad: 0 a 2 años (hasta 2 años, 11 meses y 29 días) y 3 años en adelante. Si el obligado tiene varios hijos de edades distintas, la regla del Art. 14 es aplicar el porcentaje correspondiente al hijo de mayor edad a toda la familia. Un hijo de 1 año y otro de 4 años activan, ambos, la columna de "3 años en adelante".

Paso 3: aplicar el porcentaje correcto

Aquí es donde entra el número de hijos — pero solo en ciertos niveles. En los Niveles 1 y 2, el porcentaje cambia según haya 1, 2, o 3 o más hijos. En los Niveles 3, 4, 5 y 6, en cambio, el porcentaje es único, sin importar el número de hijos: 38.49%/40.83% en el Nivel 3, 39.79%/42.21% en el Nivel 4, 41.14%/43.64% en el Nivel 5, y 42.53%/45.12% en el Nivel 6 (primer valor para 0-2 años, segundo para 3 años o más). El número de hijos, en esos cuatro niveles, únicamente interviene después, al repartir el total.

Paso 4: repartir entre los hijos

El monto obtenido en el Paso 3 es el total familiar. Para saber el mínimo por hijo, se divide ese total entre el número total de hijos del obligado — no solo los que demandaron, sino todos los que tiene, según establece el Art. 13. Si tres personas demandan pero el obligado tiene un cuarto hijo que no forma parte del juicio, el divisor sigue siendo 4, y luego el juez fija la pensión de los tres demandantes como la suma de sus tres porciones individuales.

Ejemplo completo, paso a paso

Tomemos un caso: un obligado con ingreso bruto mensual de USD 1,000, con 2 hijos, el mayor de 5 años.

Paso 0 — ingreso base: Aporte IESS = 1,000 × 9.45% = USD 94.50 Ingreso neto de IESS = 1,000 − 94.50 = USD 905.50 Como 905.50 es mayor a 1 SBU (USD 482), no se aplica el piso. Ingreso base = USD 905.50

Paso 1 — nivel: 905.50 ÷ 482 ≈ 1.879 SBU → cae en el rango de 1.25 a 3.00 SBU → Nivel 2

Paso 2 — edad: El hijo mayor tiene 5 años → columna "3 años en adelante"

Paso 3 — porcentaje: Nivel 2, 2 hijos, edad 3+ → 49.51% Monto total = 905.50 × 49.51% = USD 448.31

Paso 4 — reparto por hijo: 448.31 ÷ 2 hijos = USD 224.16 por hijo (el cálculo exacto divide el monto total sin redondear antes de repartir)

Este es el mínimo legal para este caso. El juez puede fijar un monto mayor si las circunstancias lo justifican (necesidades específicas de los hijos, patrimonio adicional del obligado, gastos extraordinarios de salud o educación), pero no puede fijar menos que este resultado.

El piso mínimo absoluto: los casos más bajos posibles

Cuando el ingreso base queda en el piso de 1 SBU (porque el ingreso real es muy bajo o no está comprobado), se obtienen los montos mínimos absolutos de toda la tabla, aplicando el Nivel 1 sobre el SBU de 2026 (USD 482):

  • 1 hijo, 0-2 años: 28.12% × USD 482 = USD 135.54
  • 1 hijo, 3+ años: 29.49% × USD 482 = USD 142.14
  • 2 hijos, 0-2 años: 39.71% × USD 482 = USD 191.40 total → USD 95.70 por hijo
  • 2 hijos, 3+ años: 43.13% × USD 482 = USD 207.89 total → USD 103.94 por hijo (calculado sobre el monto sin redondear)

Ningún juez puede fijar una pensión por debajo de estos valores para un obligado en esas condiciones, sin importar cuán bajo sea su ingreso comprobado: el piso de 1 SBU actúa como red de seguridad mínima.

Errores comunes al calcular a mano

Tres errores se repiten con frecuencia cuando alguien intenta reproducir este cálculo sin conocer el detalle del Acuerdo:

  1. Asumir que el % es "por hijo" desde el inicio. El porcentaje de la tabla siempre es un total familiar; dividir entre los hijos es el último paso, no parte del porcentaje mismo.
  2. Aplicar columnas de "2 hijos" o "3+ hijos" en los Niveles 3 a 6. Esas columnas no existen en el Acuerdo oficial para esos niveles; el porcentaje ahí es único.
  3. Usar rangos de edad "0-5 / 5+". El corte real está en los 3 años, no en los 5.

Calcula tu caso sin hacer las cuentas a mano

Si quieres aplicar este algoritmo a tu situación concreta sin calcular manualmente cada paso, usa nuestra calculadora de pensión alimenticia Ecuador 2026: ingresa el ingreso mensual, el número de hijos y la edad del hijo mayor, y obtén el nivel, el porcentaje, el total y el mínimo por hijo de inmediato. Para conocer en detalle la tabla completa de niveles y cómo se usa en un juicio, revisa también la tabla de pensión alimenticia 2026 en Ecuador.

Como en cualquier estimación basada en una tabla legal, el resultado es referencial: representa el mínimo que la ley exige, no necesariamente el monto final que fijará un juez, que puede ser mayor según las circunstancias del caso.